ARTÍCULOS DE OPINIÓN

Alvaro de Blas Sanz
Técnico Especialista en Higiene Dental.
Higienista Dental del Área-6 del Imsalud.
Miembro del Comité Científico de Gaceta Dental.
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LOS HIGIENISTAS DENTALES EN EL IMSALUD

Antes de comentar el proceso de incorporación de los Higienistas Dentales al Sistema Sanitario Público ,quisiera recordar y agradecer la labor de los compañeros/as que estuvieron debatiendo y dialogando durante muchos años con las diferentes Administraciones Públicas , con el fin de que nuestra profesión fuese reconocida.

Este logro se alcanzaría con la Ley 10/86 que regula la profesión de Odontólogo , Protésico e Higienista Dental.

Posteriormente, con el Real Decreto 1594/1994 de 15 de Julio, se desarrolló lo previsto en la citada Ley estableciendo las competencias, funciones y responsabilidades de dichas profesiones y en noviembre 2003 , se aprueba la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

Por otra parte, la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la Ley 9/2002 , relativa a la creación del Colegio Profesional de Higienistas Dentales , ha permitido a nuestro colectivo estar representado con mayor peso en los distintos ámbitos institucionales, así como mantener una relación directa con la Administración , siendo el Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Madrid la primera Corporación de Derecho Público de nuestra profesión.

Los / las Higienistas Dentales se incorporaron por primera vez en el INSALUD (actualmente IMSALUD ) a finales del año 1.995, y de forma paulatina, en las actuales 11 Areas Sanitarias. Para contratarnos se nos exigía el título de Técnico Especialista en Higiene Dental. Posteriormente el titulo de Grado Superior en Higiene Dental o la Habilitación Profesional. Todos los contratos han sido hasta ahora de “personal sanitario no facultativo” con carácter interino.

En Diciembre de 2.001 , se convocó un proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Higienistas Dentales de Área en Atención Primaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social ( B.O.E nº 295 de 10 de Diciembre de 2.001 ) en la que se convocaron 159 plazas para la categoría de Higienista Dental de Área. La selección se llevará a cabo a través del sistema de concurso de oposición y hay que señalar que en septiembre de 2.004 , dicho proceso aún no ha concluido.



EQUIPO DE SALUD BUCODENTAL DEL ÁREA-6 DEL INSALUD

En el área 6 del IMSALUD , existen dos Unidades de Salud Bucodental ubicadas en Pozuelo de Alarcón y Collado-Villalba.

Las Unidades de Salud Bucodental están integradas en Centros de Salud, ya que es, en estos Centros, desde donde parten las actuaciones de los equipos de Atención Primaria dado que reúnen las mejores características de accesibilidad para la población.

Empezamos a trabajar en el Area 6 en Noviembre de 1995 comenzando de " cero". En la Unidad sólo se disponia de un equpo dental antiguo y hubo que adquirir todo el material e instrumental necesarios para poder atender adecuadamente a los primeros pacientes : es este caso, adultos derivados a través de consulta demanda ; un paciente cada cinco minutos en dos horas. El resto de la jornada se dedicaba a elaborar el Programa de Salud Bucodental.

La elaboración y redacción del Programa , se realizó entre dos Estomatólogas y los dos Higienistas que comenzamos en el Área 6 con contrato de equipo.

Tras varias reuniones se fué desarrollando un Programa que se basaba fundamentalmente en todo lo relacionado con la higiene dental: técnicas de cepillado , dieta y nutrición.

Se comenzó a ver niños entre marzo y abril de 1986 , derivados por los pediatras de los diferentes Centros de salud , y nacidos entre 1989-90, ( 6-7 años ) y así de forma gradual en los siguientes años. Actualmente pasan por consulta los nacidos en 1998 y menores de esta edad si los consideramos de riesgo ,es decir aquellos menores de seis años y con caries , y que a nuestro pesar siguen siendo muchos.

A finales de 1998 , la plantilla se amplió con dos Odontólogos y dos Higienistas más en turno de tarde.

Entre las funciones y labores que realizamos los Higienistas a lo largo de nuestra jornada laboral, podemos destacar las siguientes:
  • Preparar la consulta a primera hora y recoger las hojas de cita
  • Realizar todas las medidas de desinfección y esterilización
  • Rellenar las fichas odontológicas de forma correcta, utilizando siempre el mismo método , con letra legible para que todos los miembros del equipo lo entiendan.
  • Recogida de datos para llevar a cabo las diferentes estadísticas que realizaremos mensualmente.
  • Informar a los padres sobre Educación Sanitaria , insistiendo en las medidas higiénicas y dietéticas.
  • Aplicación de flúor en aquellos pacientes considerados de riesgo
  • Colaborar y / o realizar los selladores cuando sea necesario.
  • Participar en las reuniones de equipo.
  • Preparar y elaborar sesiones docentes, destinadas a informar del Programa a los profesionales sanitarios de los diferentes Centros de Salud, Pediatras , Médicos de Familia y personal de Enfermeria.
  • Participar y preparar sesiones para embarazadas , informándolas de las medidas preventívas en el embarazo y los primeros mesesdel recién nacido.
  • Rellenar y cumplimentar todos aquellos impresos de derivación que sean necesarios.
  • Realizar los pedidos al almacén de todo el material necesario, manteniendo siempre un "stock" de urgencia por si hubiese demora en la entrega del pedido.


PROGRAMA DE SALUD BUCODENTAL DEL ÁREA-6 DEL INSALUD

Las funciones que desarrollan las Unidades de Salud Bucodental en Atención Primaria son : la promoción y la prevención de la salud ; actividades que vienen recogidas en la Ley General de Sanidad de 25 de abril de 1986.

También en el Real Decreto. 63 /1995 de 20 de Enero sobre Ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud se especifica que la atención de la salud bucodental comprenderá:
  • Información y educación en materia de higiene bucodental
  • Medidas preventivas y asistenciales : aplicación de flúor tópico ,selladores de fisuras , obturaciones para la población infantil.
  • Tratamientos de procesos agudos odontológicos , incluida la extracción de piezas dentarias.
  • Exploración preventiva de la cavidad oral a embarazadas.
La caries es una de las enfermedades más frecuentes en el ser humano. En 1985, según la O.M.S., el porcentaje de caries en España era del 70-80% en niños de 6-7 años y del 90% en niños de 12 años. En un estudio posterior realizado por la Comunidad de Madrid , se obtuvo una prevalencia de caries en los niños de 3º de E.G.B. del 70% y en los de 7º de E.G.B. del 78%. En este mismo estudio , la prevalencia del Área 6 era del 60% y 70% respectivamente.

A la vista de estas cifras , se hace necesario instaurar una serie de medidas preventivas para evitar la aparición de caries dentales:ç
  • Aplicación de flúor, tanto en dientes remanentes cómo definitivos.
  • Control de placa a través del cepillado y seda dental.
  • Disminución del consumo de azúcares.
  • Aplicación de selladores en fosas y fisuras.
En 1.984 , el National Institute of Health , concedió la máxima prioridad al sellado de las superficies oclusales de los primeros molares permanentes en niños con edades comprendidas entre 6 y 8 años y los segundos molares permanentes en niños entre 11 y 13 años.

Asi pues, los niños incluidos en el programa serán explorados para detectar de manera precoz : maloclusiones , lesiones diversas de tejidos blandos y/o malformaciones de los tejidos duros.



OBJETIVOS GENERALES

  1. Análisis del estado de salud bucodental de la población infantil del área 6
  2. Detección precoz de maloclusiones , lesiones de la mucosa oral y defectos de los tejidos blandos
  3. Mejorar hábitos de higiene y alimentación.
  4. Disminuir la prevalencia de caries y enfermedad periodontal en la población infantil.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA

Actualmente, en el IMSALUD, no existe un programa de Salud Bucodental unificado y aplicable a las diferentes Areas de forma protocolizada, y habría que reflexionar sobre dos fundamentos:
  1. La Constitución Española en su artículo 41, establece para el ciudadano : el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social y en el artículo 43, el derecho a la protección de la salud.
  2. En relación con los principios generales , se establece que el acceso al Sistema y a las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva y que la política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales.
Por tanto, dada la diversidad de criterios según las diferentes Áreas ,no toda la población recibe la misma asistencia en materia de salud bucodental.

La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud ( Ley 16/2003 de 28 de Mayo ) , viene a garantizar que no haya “ciudadanos de primera” y “segunda” en nuestro Sistema Sanitario y nuestro derecho a que la asistencia sea la misma para todos , vivamos donde vivamos y con la misma calidad.

Expuesto lo anterior, merece la pena reflexionar sobre el siguiente dato: en la convocatoria extraordinaria de consolidación de plazas para los Higienistas se fija un número de 159 frente a las 306 de Odontológos ;de manera que estos últimos no van a poder contar con la colaboración del Higienista en los Programas de Salud Bucodental.

Para la correcta asistencia de la población, seria conveniente, pues, que los organismos corporativos e instituciones correspondientes tomaran las medidas oportunas para poder atender a nuestros pacientes en las condiciones de igualdad y calidad mencionadas anteriormente.

Para finalizar, quiero expresar mi agradecimiento a la "revistahigienistas.com" por invitarme a participar en este primer número , a la Dra.Dña. Mercedes Gallego Aguagil por su paciencia y ayuda en la elaboración de este artículo , y por último , a Dña. Gema Mora Férnandez por su colaboración fotográfica.

Álvaro de Blas Sanz
Higienista Dental del Área 6 del IMSALUD