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CAMBIOS SIGNIFICATIVOS EN LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PARA HIGIENISTAS BUCODENTALES
Con motivo de la publicación del RD 659/2023 de 23 de julio de 2023, se han enviado cartas explicativas del contenido del mismo a la Consejería de Sanidad, a la Dirección General de Relaciones Humanas y Relaciones Laborales, a la Consejería de Educación, Ciencia y Humanidades, a la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, a la Dirección General de Trabajo, a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y a la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo, dependiente del Servicio Público de Empleo Estatal.
La citada norma introduce una importante novedad en la Formación Profesional a nivel nacional con la supresión de las acreditaciones de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales en las profesiones reguladas como son los Técnicos Superiores en Higiene Bucodental, como se refleja en la lectura del artículo 175.2 de la citada norma, en la que se EXCLUYE EXPRESAMENTE DE LAS ACREDITACIONES DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES A LAS PROFESIONES REGULADAS, siendo la profesión de higienista bucodental una profesión regulada desde 1986.
Así las cosas, no hay duda sobre que la profesión de higienista bucodental es una profesión sanitaria regulada por diversa normativa estatal, por lo que resulta de aplicación el art. 175.2 del RD 659/2023, y en consecuencia, no podrán ser objeto de acreditación de competencias profesionales, los estudios de Técnico Superior en Higiene Bucodental.
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