Javier Moro Díez
Jefe de la UTPR INFOCITEC
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EL PROFESIONAL HIGIENISTA DENTAL Y LOS RAYOS X. NECESIDAD DE ACREDITARSE EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA.

Por todos es sabido que los rayos X presentan riesgos para la salud aunque en la mayoría de los casos la gente no sepa muy bien por qué. Hoy día, no es aceptable que se realicen exploraciones radiológicas que no estén justificadas y que, las que lo están, deben haber sido optimizadas para que la cantidad de radiación “dosis” que puedan recibir los pacientes, el personal que maneja los equipos “trabajadores expuestos” y las personas que puedan estar en las inmediaciones “miembros del público”, se mantenga en valores lo más bajo razonablemente posible. ¿A quién no le han hecho una radiografía alguna vez?... No creo que haya muchas manos levantadas. En nuestro país el uso de la radiología está ampliamente difundido, y en principio los encargados de realizar estos estudios deben tener una formación adecuada a su nivel de implicación. Es evidente que, cuando vamos a hacernos una radiografía todos desearíamos recibir la menor dosis de radiación posible.

A través de este artículo pretendo exponer la necesidad que tiene el personal sanitario de conocer los riesgos en el uso de los rayos X con fines diagnósticos y cuales son sus obligaciones y responsabilidades.

DUALIDAD RIESGO-BENEFICIO

A groso modo, los rayos X son ondas electromagnéticas que transmiten una cantidad de energía que es absorbida en mayor o menor medida en función de la densidad de los materiales que atraviesa, de ahí, que en una placa radiográfica (proyección plana de una realidad tridimensional) veamos el hueso más blanco que los tejidos que lo rodean (ver figura 1). Estos rayos “mágicos” que permiten ver estructuras internas de las personas pueden dar lugar, como ya he comentado, a efectos muy perjudiciales para la salud, ya que estas estructuras pueden verse dañadas como consecuencia de la absorción energía, y por este motivo es necesario que su uso sea regulado legalmente.

Figura 1


REGULACIÓN LEGAL

Desde principios de los años 90 existe en España normativa específica que regula la instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico, entre las que quiero destacar el Real Decreto 1891/1991 y, fundamentalmente, la Resolución de 5 de noviembre de 1992 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), publicada en el Boletín Oficial del Estado el 14 de noviembre de 1992. En la citada normativa se expone claramente que el personal que opere los aparatos de rayos X debe poseer los conocimientos y experiencia precisos en materia de protección radiológica, y desempeñar su trabajo radiodiagnóstico bajo la supervisión de un Odontólogo o Estomatólogo “Director”.



En una clínica dental puede no haber operadores, pero obligatoriamente debe haber al menos un Director que será el máximo responsable de la instalación de rayos X en materia de protección radiológica.

NECESIDAD DE ACREDITARSE

Prácticamente en el 100% de las clínicas odontoestomatológicas se dispone de aparatos de rayos X, ya sean intraorales o extraorales, como soporte diagnóstico (ver figura 2). Este hecho hace que el profesional higienista dental deba estar preparado para adaptar su formación a los requisitos contemplados en estas normativas legales (Acreditación de OPERADOR de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico dental) cuyo contenido se indica en la tabla 1.

Figura 2


Dado que los rayos X no podemos apreciarlos con nuestros sentidos (no se ven, no se oyen, no huelen), transmiten una sensación de que no existe peligro en su utilización, lo cual no hace más que aumentar el riesgo. Por ello toda persona que maneje un aparato de rayos X debe ser consciente de que, si bien nos aportan un beneficio incuestionable en la labor diagnóstica, se están impartiendo dosis de radiación que es necesario optimizar continuamente.

El CSN a través de la Resolución anteriormente citada establece una serie de conocimientos mínimos que es necesario demostrar para poder dirigir u operar según proceda, en instalaciones de rayos X y que se recogen en la tabla 1.

Tabla 1


COMO ACREDITARSE

Estos conocimientos se pueden adquirir mediante la realización de cursos presenciales homologados por el CSN y cuya duración, en el caso de operadores, es de 24 horas lectivas entre teoría, práctica y seminarios. Para obtener la acreditación es requisito necesario superar una evaluación.

RESPONSABILIDADES DEL OPERADOR DE RAYOS X

El profesional Higienista Dental acreditado como “Operador de rayos X con fines de diagnóstico dental”, bajo la supervisión del “Director de rayos X con fines de diagnóstico dental” debe asegurar la correcta protección radiológica de la instalación, lo cual implica un conocimiento mínimo de la legislación vigente en esta materia: ¿me puedo quedar dentro de la sala de rayos X durante las exploraciones? ¿si fuera necesario, quién debe sujetar a un paciente no colaborador? ¿Qué instrucciones debo dar al paciente antes de una exploración? ¿Cómo puedo reducir las dosis de radiación? ¿Debo preguntar a una mujer si está embarazada antes de someterla a una exploración?. Estas entre otras muchas son cuestiones que debemos conocer a la hora de manejar equipos de rayos X y que sin duda son puntualmente abordadas en los seminarios realizados en los cursos de formación.

SERVICIOS

El Colegio de Higienistas de Madrid te ofrece la posibilidad de obtener la acreditación para operar en instalaciones de rayos X mediante la realización de alguno de los cursos homologados por el CSN que se vienen impartiendo desde hace tiempo y de forma periódica por el Instituto de Formación Científica y Tecnológica (INFOCITEC). A través de tú Colegio profesional puedes obtener toda la información que precises en este sentido, no obstante para cualquier otro tema relacionado con la protección radiológica puedes contactar con nosotros en:

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